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Derecho Concursal: Insolvencias de empresas y particulares

Bufete Foro Abogados Javier Cortés asisten  a sus clientes en la tramitación judicial de procedimientos concursales ante situaciones de Insolvencia Provisional o definitiva, de empresas o particulares. Dichos procedimientos son actualmente aplicables no sólo a Sociedades Mercantiles, sino también a personas particulares. EL PROCEDIMIENTO CONCURSAL nacido con la nueva Ley, establece unas responsabilidades claras a los administradores de empresas que incumplan  la obligación de instar un concurso judicial en situaciones de falta de liquidez o imposibilidad de atender las obligaciones de la empresa. La Insolvencia provisional o en su caso  o definitiva de una empresa o persona física, y en su caso su  necesaria liquidación.
La evitación de la responsabilidad personal  de los administradores de empresa ante situaciones de insolvencia de la empresa.

Con motivo de la nueva Ley Concursal, se tramita un mismo procedimiento, al que pueden acogerse no sólo  las sociedades mercantiles, sino también las personas físicas.
En el caso de sociedades y  con la finalidad de evitar cualquier responsabilidad  del órgano de administración de las empresas, en cualquiera de sus formas: Administrador Único, Mancomunados, Consejo de Administración, ya sea en relación a los socios o por deudas de la empresa con motivo de la actividad, el asesoramiento a  dicho órgano de administración, merece especial  dedicación para con nuestros clientes.

La finalidad es de asesorar a los administradores de empresas a los efectos de que sean conscientes de sus  obligaciones legales en la gestión diaria de la sociedad, y que tantas veces resulta ignorada.

Francisco Javier Cortés Sastre y Juan Carlos Espinosa Sastre con miembros de la comisión de derecho concursal adscrita en el Ilustre  Colegio de Abogados de Baleares, y miembro de  los Abogados que por rotación forman parte en calidad de administradores judiciales en los  procedimientos de insolvencias empresariales o de particulares,  con motivo de la vigente Ley Concursal.

BUFETEFORO ABOGADOS 2009-2010