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Responsabilidad de administradores de empresas
La administración de una sociedad, genera muchas más obligaciones que las que creemos. La nueva legislación en materia de derecho de sociedades, en relación a las insolvencias de la empresa, impone en la mayoría de los casos serias responsabilidades de los administradores de forma personal por las deudas.
A tal fin, Bufete Foro Abogados Javier Cortés asesora a sus clientes para evitar que los administradores de sociedades incurran en responsabilidades personales, por motivo de actuaciones o inactividad de sus miembros por desconocimiento de sus obligaciones legales ( El cumplimiento de las obligaciones fiscales, la obligación de convocar las Juntas Anuales de la entidad, la formulación de las Cuentas Anuales a los socios para su aprobación, la adopción de acuerdos de ampliación de capital social de la empresa, su reducción, y en su caso disolución.
La necesidad de proceder a la disolución de la empresa, ante la inviabilidad de continuar con su actividad, o en su caso la obligación legal de instar los procedimientos legales de insolvencia provisional o definitiva de la empresa, es una cuestión esencial, para que no pueda derivarse la responsabilidad personal de los administradores de la sociedad.
Dicha obligación, resulta incumplida con demasiada frecuencia. El resultado de ello: La responsabilidad patrimonial solidaria del administrador o administradores juntamente con la responsabilidad patrimonial de la sociedad, frente a todos los acreedores. Dicha consecuencia legal, resultado del incumplimiento de las obligaciones legales, desvanece el motivo por el que se constituye una sociedad: La limitación de la responsabilidad por deudas a los bienes de la sociedad, y derivándose la responsabilidad solidaria del órgano de administración.
Bufete Foro Abogados Javier Cortés asesora a la empresa a fin de que sus administradores cumplan con las obligaciones legales y no incurran en responsabilidad solidaria por desconocimiento de sus obligaciones.


